Los Juegos Panamericanos de La Habana 1991, justa memorable por haber sido la única ocasión en que un país distinto a Estados Unidos lideró el medallero general, significaron una especie de hito generacional para el deporte cubano, el cual, un año más tarde, en las Olimpiadas de Barcelona, consiguió su mejor actuación histórica en esos eventos.
Una de las disciplinas que más destacó por nuestro archipiélago en la cita multideportiva continental realizada en la capital antillana fue el piragüismo. Canoas y kayaks mediante, los locales consiguieron ocho títulos en la rama varonil y otro más entre las féminas (quienes también se colgaron tres preseas de plata), y ello los llevó a dominar la competencia por encima de canadienses (2-3-6) y estadounidenses (1-3-4).
Entre las figuras fundamentales de aquella gesta que tuvo lugar en las tranquilas aguas del canal “José Smith Comas”, ubicado a las afueras de La Habana, estuvo Ángel Pérez, monarca en las modalidades de K1 y K2 a 500 metros, esta última junto a Luis Hernández y también en el K4 a 1000, en donde compartió la sonrisa con el propio Hernández, Mario Marcheco y Luis Estévez.
En 1992, Pérez viajó con la delegación cubana para participar en la XXV edición de los Juegos Olímpicos, con sede en la urbe catalana. No obstante, durante el magno evento quedó lejos del podio, al entrar octavo en el heat 2 de semifinales del K1 a 500 metros (puesto 16), y en esa misma etapa cerró su actuación en el K2 a 1000 (escaño 17).
Tras aquella experiencia, y desmotivado por el futuro que preveía para sí mismo en su país natal, Ángel, de 21 años por ese entonces, decidió cambiar de aires. Su adiós sucedió en 1993, mientras se encontraba en México en un entrenamiento de altura con el equipo nacional. Allí, se escabulló junto a dos compañeros de la concentración cubana, montó a bordo de un autobús que lo llevó hasta la frontera texana, cruzó a nado el mismísimo Río Grande y, una vez salvada esa distancia, logró llegar al auto que lo esperaba para llevarlo hasta Miami.
Cuando llegó al Estado del Sol, tenía sólo 60 dólares americanos en el bolsillo y cero esperanzas de volver a competir como atleta de alto rendimiento, publicó en una ocasión The New York Times. Su primer trabajo fue instalando alarmas y por ese camino se mantuvo hasta 1997, cuando regresó a dar paletadas y fue abriéndose camino hasta llegar a convertirse en uno de los estelares del elenco de las barras y las estrellas.
En 1999 logró hacerse ciudadano, poquísimo tiempo después de integrar la cuarteta del kayak que consiguió su boleto para las olimpiadas de Sydney, a donde viajarían con la idea de quedarse con una de las medallas en disputa. Sin embargo, sus aspiraciones de defender los colores norteños bajo los cinco aros se vieron frenadas de súbito, de acuerdo a lo referido en el párrafo dos de la Norma 46.2 (actualmente Norma 41.2) de la Carta Olímpica, que reza:
“Un competidor que haya representado a un país en los Juegos Olímpicos, en unos juegos continentales o regionales o en unos campeonatos del mundo o regionales reconocidos por la FI competente y que haya cambiado de nacionalidad o adquirido una nueva puede participar en los Juegos Olímpicos representando a su nuevo país, con la condición de que hayan transcurrido por lo menos tres años desde que el competidor representó por última vez al país anterior. Este periodo podrá ser reducido o incluso suprimido, con el acuerdo de los CON y de la FI competentes, por la comisión ejecutiva del COI, que tendrá en cuenta las circunstancias de cada caso”.
Todo esto se juntó con los reclamos de los directivos del deporte cubano, encabezados por José Ramón Fernández, presidente del Comité Olímpico Cubano (COC), quienes se negaron a reducir el lapso establecido por el Comité Olímpico Internacional (COI) para impedir que varios de los atletas formados en el país asistieran a tierra australiana en el verano del 2000. Ahí se vieron afectados Pérez y la saltadora de longitud, Niurka Montalvo, quien competía por España.
En marzo de 2000, Fernández envió una carta a la entidad rectora del deporte en Estados Unidos (USOC, por sus siglas en inglés), en donde expresó la postura cubana. El siguiente fragmento fue citado por el prestigioso diario neoyorquino:
“Tomando en consideración el rechazo a nuestro deporte, y también el hecho de que el pueblo de Cuba genera los fondos y otros recursos para la preparación de nuestros atletas y brinda facilidades de entrenamiento, educación, servicios médicos y alimentación sin costo alguno, fue impropio que el señor Pérez haya abandonado nuestra delegación de la manera subrepticia en que lo hizo, después de haber alcanzado un alto nivel de habilidad en su deporte».
Luego, en julio de ese mismo año, el presidente del USOC, Bill Hybl, viajó a La Habana para tratar el tema personalmente y buscar una solución que beneficiara al atleta antillano. Aunque las conversaciones fueron muy cordiales y respetuosas, según trascendió, el “no” se mantuvo y, a falta de poco más de un mes para los Juegos, la presencia de Ángel allí era muy incierta.
Como último recurso, el 12 de septiembre, tres días antes de la inauguración de la cita estival, Pérez, el USOC y el equipo estadounidense de piragüismo presentaron su caso ante la Corte Internacional de Arbitraje Deportivo (CAS, por sus siglas en inglés), cuya División Ad Hoc para Sydney 2000 desestimó la solicitud un día más tarde.
Decidido a conseguir su objetivo, el 17 de septiembre, el demandante volvió a la carga y rellenó la solicitud para iniciar un procedimiento. Además, a la misma se le anexó una carta de Edward W. Gnehm, embajador norteamericano en Australia, en donde el diplomático afirmaba que el cubano era ciudadano de su país desde hacía más de tres años, documento que, a pesar de ser considerado como una declaración acreditada de un representante de Washington, no fue visto como conclusivo por el panel.
Como réplica, Pérez alegó que, al haberse marchado de Cuba en 1993, debería considerarse desde ese entonces su “cambio de nacionalidad”, elemento que fue refutado por el COC, diciendo que el tema no radicaba en la diferencia entre ellos y el demandante, sino en una correcta aplicación de la Carta.
El Panel Especial que analizó el caso entendió que, hasta ese punto, no había sido presentada por Ángel Pérez evidencia que demostrara que llevaba más de tres años siendo ciudadano de EEUU.
No obstante, con respecto al hecho de ser considerado “apátrida” desde el ’93, algo contra lo cual la parte cubana nunca pronunció réplica alguna, se tuvo en cuenta la opinión del abogado Avelino J. González, antiguo graduado y profesor adjunto de la Universidad de La Habana, quien explicaba que Pérez había sido privado de sus derechos civiles fundamentales por las autoridades de su tierra natal luego de abandonar el país de la forma en que lo hizo.
Después de escuchar los argumentos de varios expertos en Derecho Internacional, incluido Paul Weis, en aquel momento Asesor de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, el CAS concluyó que, en efecto, el cubano había cambiado de nacionalidad en 1993, según la Norma 46.2 (hoy 41.2) de la Carta Olímpica y, por tanto, resultaba definitivamente elegible para representar a Estados Unidos en Sydney 2000.
El veredicto, emitido el 19 de septiembre, permitió que el nacido el 2 de febrero de 1971 en la capital cubana, pudiera participar en las pruebas del K2 a 500 metros (junto a Peter Newton) y el K4 a 1000 (acompañado por Stein Jorgensen, John Mooney y Newton), en los cuales terminó ubicándose en idéntica sexta posición. En cualquier caso, su premio había sido el derecho a luchar nuevamente por una medalla y eso nadie podría quitárselo. Antes había representado a esa nación en campeonatos del mundo, como los celebrados en Dartmouth 1997 y Szeged 1998.
Cuatro años después del momento tan tenso que marcó su carrera deportiva en citas estivales, se retiró del deporte activo. Más adelante llegaría a establecerse como contratista general certificado.
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